CCOO de Mercedes Benz | 10 de abril de 2026

Industria Indartuz

EGUNEZ EGUN 23/03/2017

CONTRATOS EVENTUALES

    No se puede andar intimidando o dando falsas expectativas o informaciones a ningún trabajador/a, y menos a los más sensibles a este tipo de información, que no son otros que los compañeros/as con contrato temporal.

    23/03/2017.

    No se puede andar intimidando o dando falsas expectativas o informaciones a ningún trabajador/a, y menos a los más sensibles a este tipo de información, que no son otros que los compañeros/as con contrato temporal.

    Los sindicatos estamos, al menos CCOO, para informar y defender a toda la plantilla, afiliados y no afiliados como miembros del Comité de Empresa, y con un seguimiento y un respaldo más personalizado en el caso de nuestra afiliación, que se beneficia de los servicios jurídicos, de asesoramiento, además de descuentos en formación, seguros y ocio, con el pago de su cuota sindical.

    Por esto mismo vamos a intentar explicar de la manera más sencilla posible, las diferentes situaciones que se están dando en este colectivo:

    Hay varios tipos de contratos temporales cuyo recorrido va desde el inicio de la contratación hasta los 12 o 24 meses, como límite máximo de contratación, dependiendo del tipo de contrato, además del contrato de interinidad, cuya duración del contrato será la del tiempo que dure la ausencia del trabajador sustituido con derecho a la reserva de puesto de trabajo.

    Esto no quiere decir que todo el personal agote el recorrido máximo de sus contratos. Se dan todo tipo de casos, personal que no renueva, el que renueva más de una vez, o el que finalmente, agota el límite legal establecido por su contrato. Nadie garantiza que tenga el contrato que tenga, pueda permanecer más tiempo en la empresa.

    ¿Qué queremos decir con esto?

    .Que aunque haya varios tipos de contrato la Empresa irá realizando las rotaciones que necesite dentro de esta bolsa de trabajo, de su estrategia organizativa y necesidades de contratación, realizando los contratos necesarios para cubrir sus necesidades, pero también porque así está acordado, de formalizar CONTRATOS INDEFINIDOS.

    A las personas que no tienen tanta suerte y no renuevan en algún momento, también le queremos dejar claro, que tal y como está el programa de producción, que de momento se mantiene en las 140.000 unidades, la necesidad de personal se mantiene en el tiempo y los que hoy no renuevan volverán o al menos, tendrán esta posibilidad, a los 6 meses.

    Desde CCOO queremos ser transparentes con todos vosotros/as, el que no renueve, tenga el contrato que tenga, si su valoración del trabajo realizado es buena, y se mantiene el programa de producción, podrá volver a ser contratado a los 6 meses.

    Dentro de esta bolsa de trabajo en la que toda la plantilla eventual tendrá la oportunidad de quedarse con CONTRATO INDEFINIDO, dispondrá de varias oportunidades para conseguirlo, además de en este mismo año, en 2018, en 2019 y 2020.

    Desde CCOO hemos solicitado en varias ocasiones que se adelanten los contratos indefinidos comprometidos para otros años. No obstante, haremos un continuo seguimiento de la afiliación, tanto en los periodos activos en la Empresa, como en los periodos en los que no podáis continuar pero os puedan volver a llamar. Cualquier duda al respecto, no dudéis en contactar con nosotros.

    FECHA DE ANTIGÜEDAD

    Hemos detectado varios errores por este concepto entre diferentes contratos de trabajo y tras las consultas y gestiones oportunas, se regularizarán todas las nóminas para este mismo mes de MARZO.

    Os recordamos que el periodo de antigüedad que tiene que aparecer en vuestros contratos, es el de la fecha que sume todos los periodos activos trabajados en fábrica, siempre y cuando entre contrato y contrato no se hayan superado los 10 meses sin actividad en la Empresa.

    NIVELES SALARIALES Y TRAMOS

    También tenemos reclamaciones de compañeros/as que cumplido el año de antigüedad y los tres cursos establecidos para subir de tramo salarial, no lo han percibido todavía o no han cobrado los atrasos correspondientes, y también lo van a regularizar, pagando las diferencias, este mes de MARZO.

    El tema de los niveles salariales es distinto. Aunque el anterior convenio (2011-2015) ya marcaba los plazos establecidos para su consolidación, gracias al acuerdo de UGT y EKINTZA, en acta firmada en junio de 2016, y ratificado en el preacuerdo de convenio por el PIM, en los incrementos temporales de producción no se consolidan los niveles salariales, al menos, hasta el 30 de junio de 2017, es decir 12 meses, con el agravante que reza en el acta acordado por el que además añade “con independencia de que está claro para las partes que la temporalidad de los incrementos de producción pudiera extenderse más allá de la citada fecha.”